LeyLey N° 21.030

Ley de Enfermos Terminales: Beneficios previsionales especiales

28 de diciembre de 2025 5 min de lectura

La Ley N° 21.030 establece beneficios previsionales especiales para afiliados con enfermedades terminales, permitiendo el acceso anticipado a los fondos previsionales y pensión por enfermedad terminal.

¿Qué es la Ley de Enfermos Terminales?

La Ley N° 21.030, publicada en 2017, establece un régimen especial de protección para las personas que padecen una enfermedad terminal. Esta normativa permite que los afiliados al sistema de pensiones puedan acceder anticipadamente a sus fondos previsionales y obtener una pensión especial, sin necesidad de cumplir con los requisitos de edad o cotizaciones habituales.

Definición de Enfermedad Terminal

Según la Ley N° 21.030

Se considera enfermedad terminal aquella que, de acuerdo con el diagnóstico médico, tiene una expectativa de vida inferior a un año, y que no tiene tratamiento curativo disponible o éste ha resultado ineficaz.

El diagnóstico debe ser realizado por al menos dos médicos, uno de ellos designado por la Comisión Médica Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Beneficios Previsionales Especiales

Acceso Anticipado

A todos los fondos

  • Retiro de hasta el 100% de los fondos acumulados
  • Sin límite de edad ni años de cotización
  • Exento del 10% de impuesto

Pensión Especial

Por enfermedad terminal

  • Pensión de invalidez total con cargo a los fondos
  • Cálculo favorable (no se descuenta por edad)
  • Compatible con seguro de invalidez

Requisitos para acceder a estos beneficios

1

Diagnóstico médico de enfermedad terminal

Certificado emitido por dos médicos, donde al menos uno debe ser designado por el COMPIN, que acredite una expectativa de vida inferior a un año.

2

Solicitud formal ante la AFP

Presentar la solicitud de acceso anticipado o pensión especial, adjuntando toda la documentación médica requerida.

3

Evaluación por Comisión Médica

El COMPIN debe evaluar y confirmar el diagnóstico de enfermedad terminal para autorizar el beneficio.

4

Resolución y pago

Una vez aprobado, la AFP debe liberar los fondos o iniciar el pago de la pensión en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Información Importante

  • • El beneficio es personal e intransferible.
  • • Si el afiliado fallece antes de usar todos los fondos, el remanente pasa a los beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
  • • Se puede optar por retiro parcial o total de los fondos.
  • • El proceso es confidencial y requiere respeto a la dignidad del paciente.

Documentos necesarios

  • Cédula de identidad vigente
  • Certificado médico de diagnóstico
  • Informes de exámenes y tratamientos
  • Formulario de solicitud AFP
  • Certificado COMPIN
  • Poder notarial (si aplica)

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